El cesado vendedor de una concesionaria de automóviles cobrará una indemnización de 225.000 pesos (unos 40.000 euros), dictaminó la Cámara Laboral de Buenos Aires.
La empresa adujo que el vendedor había sido apercibido varias veces por estar jugando en horario de trabajo, pero el tribunal consideró que la actitud del empleado no tenía la gravedad necesaria para justificar el despido.
'El hecho de realizar una actividad lúdica en horario de trabajo importó ciertamente un incumplimiento contractual susceptible de un correctivo disciplinario, pero no revistió entidad suficiente como para justificar la ruptura del vínculo', agrega el dictamen.
El tribunal también tuvo en cuenta que cuando el vendedor se dedicaba a sus 'actividades lúdicas' no había clientes a la espera de ser atendidos o 'que hubieran manifestado alguna queja'.