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 / Agencia EFE
Sanidad indemnización 

Indemnizan con 140.000 euros a la familia de un fallecido por un fallo en un diagnostico de infarto 

El Gobierno de Aragón ha indemnizado con 140.000 euros a la familia que de un paciente, de 58 años, que falleció de un infarto en su domicilio, tras haber transcurrido una hora desde que fue dado de alta en Urgencias del Hospital Miguel Servet de Zaragoza.

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Según ha informado hoy el letrado Ricardo Agóiz, de los servicios jurídicos de la asociación 'El Defensor del Paciente' en Aragón, la familia del fallecido, Alberto P.C., ha alcanzado un acuerdo extrajudicial con el Servicio Aragonés de Salud (SALUD).

Los hechos se produjeron cuando el paciente acudió, a las 18:00 horas del pasado día 3 de enero de 2008, a su centro de salud en Zaragoza por dolor submandibular, irradiado a brazo izquierdo y dolor opresivo en hemitórax izquierdo de una hora de duración.

En el centro de salud se le administró media aspirina y, tras la realización de un electrocardiograma, se ordenó su traslado en ambulancia a Urgencias del Hospital Miguel Servet (Zaragoza) con sospecha clínica de ángor (sofocación), ha agregado Agóiz en un comunicado.

Al paciente se le realiza en el servicio de Urgencias un único electrocardiograma y una única determinación de enzimas cardíacas en el momento de su llegada.

Tras pasar dos o tres horas, en la sala de espera, sin nueva valoración médica ni prueba diagnóstica, y sin tener en cuenta los antecedentes del paciente y las características clínicas del cuadro que presentaba, es dado de alta y remitido a su domicilio con el diagnóstico de 'dolor torácico atípico, sugestivo de crisis de ansiedad' y tratamiento de Orfidal si precisa.

El paciente falleció por muerte súbita una hora después en su domicilio, ha señalado Agóiz, quien ha precisado que la necropsia informa de 'Infarto extenso en cara antero-inferior de ventrículo izquierdo'.

Los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente en Aragón interpusieron reclamación de responsabilidad patrimonial ante el SALUD, que procedió a tramitar el expediente administrativo.

En el expediente consta como informe de inspección médica que 'En el caso analizado, únicamente se analizaron los marcadores de necrosis miocárdica transcurridas dos horas de la desaparición de la clínica'.

El documento agrega que fue 'dado de alta tras una corta observación, con la impresión de dolor atípico basada en la ausencia de sintomatología, sin mantener la observación recomendada (6-8 horas) y sin repetir la analítica (a las 4 y a las 6 horas tras la desaparición de los síntomas) antes de descartar un síndrome coronario agudo como origen del cuadro'.

Según el letrado, 'el diagnóstico precoz del infarto agudo de miocardio hubiese permitido instaurar los mecanismos más efectivos para limitar su alcance y consecuencias inmediatas más graves, las arritmias malignas, que son la causa más frecuente de muerte súbita en estos casos'.



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