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Derechos de propiedad intelectual  

La Audiencia de Barcelona obliga a dos salones de bodas a pagar por la música 

El tribunal reconoce que los salones Can Canyameres de Sentmenat  y Le Petit Chateau de Sant Boi, ambos de la ciudad condal tienen la obligación de pagar por las canciones que suenan en sus banquetes.

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Dos restaurantes deben pagar por las canciones (EFE)

El sistema más equitativo para el cobro del canon musical es la "tarifa plana" mensual en función del aforo

La Audiencia de Barcelona confirma una sentencia de un juzgado mercantil que condenaba al restaurante a pagar 11.523 euros

La Audiencia de Barcelona ha dado la razón a dos asociaciones de artistas e intérpretes, tras demandar a dos restaurantes de la provincia que organizan bodas y otras ceremonias por la músca que suena en sus banquetes.

En sendas sentencias, el tribunal reconoce que los salones Can Canyameres de Sentmenat  y Le Petit Chateau de Sant Boi, ambos de Barcelona tienen la obligación de pagar por las canciones que suenan en sus banquetes.

La demanda fue presentada por la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y Artistas e Intérpretes o Ejecutantes Sociedad de Gestión de España (AIE).

En su fallo referente a Le Petit Chateau de Sant Boi, la Audiencia de Barcelona confirma una sentencia de un juzgado mercantil que condenaba al restaurante a pagar 11.523 euros a las asociaciones mencionadas por el uso de canciones en los banquetes celebrados entre 2002 y 2006.

En la otra sentencia, el tribunal corrige un fallo de un juzgado mercantil que absolvía a Salones Can Canyameres del pago de las cuotas reclamadas por las asociaciones mencionadas.

La Sala considera en su sentencia que, en el caso de salones de bodas donde se organizan banquetes, el sistema más equitativo para el cobro del canon musical es la "tarifa plana" mensual en función del aforo.

Para el Tribunal, frente al sistema de autoliquidación, en que el restaurante paga una cuota por cada número de eventos y comensales asistentes, la tarifa plana "simplifica la información, es eficiente para las empresas y para la entidad de gestión, ya que ahorra costes a ambas, y está relacionado con el valor añadido de la música". Además, "disminuye la potencialidad o probabilidad de un fraude que es permitido por el sistema de autoliquidación".



Vuestros comentarios...

20. Publicado 11-03-10 · 02:52h
Laura dice:

JODEROS, POR HABER VOTADO AL PRISOE, CHUPAD SGAE JAJA

19. Publicado 10-03-10 · 10:50h
Uno dice:

Da igual que haya o no un listado de música afecta a la SGAE o a otro tipo de Asociación Profesional que se dedique a recaudar por el mero acto de poner música en un banquete. En cuanto a contratar música en directo o simplemente vía altavoces (CD, radio, etc. etc.) da exactamente igual, lo que hace la SGAE es cobrar por tener música. Les trae al fresco el que hayas pagado el canon al comprar el CD, lo que hacen es cobrar nuevamente por ponerlo. En cuanto al reparto por autores eso ya es un tema aparte. Lógicamente si examinamos la condena (en la parte que supuestamente nos han reproducido) lo que indica es el cobro mediante tarifa plana, es decir Boda con 500 comensales xxx euros, Comunión con 100 comensales xx euros. Esto nos da perfectamente la idea de que a los autores no va a parar ni un duro. En primer lugar si pagas una tarifa plana, puedes poner la música que te salga de los mismísimos, con independencia de si el baile dura 1 o 3 horas y como es lógico nadie va a ir a pedirte un listado de la música que has puesto ni, si son versiones originales o adaptadas por otros músicos, para darle a cada uno lo suyo, con lo cual esa recaudación irá a parar a la caja de la SGAE sin concepto de aplicación pues es imposible atribuirle a ningún músico ese importe. Quizá la música que se ha puesto es toda extranjera, Español la verdad se escucha muy poquito en una boda quitando el Paquito el Chocolatero que se pone cuando están ya todos trompas y para finalizar la fiesta. Con esto quiero decir que todas las inversiones que está realizando la SGAE en inmuebles (millonadas), sueldos (recordemos que hace unos días se publicó lo que cobra el Presidente y la pensión que le va a quedar de por vida) pues sale de aquí. Además tengo entendido que los pequeños autores no tienen derecho a cobrar nada hasta que no superan un cierto límite (que no se quien es el encargado de marcar dicho limite por cierto). Por tanto creo que queda claro que el único objetivo de estas Asociaciones (SGAE a la cabeza) es simplemente recaudar por recaudar. Han descubierto la gallina de los huevos de oro y la están estrujando al máximo. Si compras una grabadora de CD’s canon al canto. Si compras CD’s canon de nuevo, si descargas música legal en la red para grabar en esos CD’s canon otra vez. Por tanto ¿Cuántas veces se paga el canon por una misma canción? Una pasada vamos que esto es un negocio montado y bien montado pero por el morro. Por otra parte, si estás en las fiestas de tu pueblo, en pleno mes de septiembre (que es lo mas normal) y en algunas zonas ya hace un frío del carajo, resulta que el grupo que toca esa noche en la carpa montada frente al Ayuntamiento tiene que joderse y a pesar del frío que pasan, de pasarlo mal (pues siempre se pasa mal cuando estas currando mientras otros se divierten y no tener ni un mal lavavo donde poder mear entre canción y canción) pues resulta que tienen que pagar el canon a la SGAE que dicho sea de paso ni sabe dónde está ese pueblo. De vergüenza vamos. Que hemos pasado de ser un país dónde el ideal era llegar a político para trabajar lo menos posible a rezar todos los días para ver si podemos pillar un puesto en la SGAE que cobras mas y trabajas aún menos.

18. Publicado 10-03-10 · 10:47h
Laura dice:

Resumo, yo compuse un tema, me lo robó un dj, lo hizo un poco discotequero, sonó en muchas discotecas. Yo frustrada, deprimida.... Por suerte lo había registrado en la Sgae (en la cual no confiaba nada) y al cabo de unos meses, cobré por esas sonadas!!! bufff... por fin salí de la depresión... Por lo menos sentí reconocida y recompensada mi obra de alguna forma... Conclusión.. no creo que sean tan malos..

17. Publicado 10-03-10 · 09:59h
Al 15 dice:

Damián, estás equivocado. Si contratan a alguien, deben pagar por la música que se toca, aunque bueno, sí, música independiente podría ser. El problema es exigir el pago de lo mismo. ¿Pagas el CD? Ya pagas por el artista, pero te exigen que pagues y repagues una música que no percibirá ese dinero el artista, sino una asociación llamada 'sin ánimo de lucro'. Suena la música en la radio y la radio ya paga un canon, pero si escuchas esa emisora en la pelu, a pagar la pelu. MUY INJUSTO ESTO.

16. Publicado 10-03-10 · 09:59h
Damian dice:

La asociacion a la SGAE es POR SUPUESTO, voluntaria. Los artistas que se asocian a ella es para que ella recaude los derechos de autor que les pertenecen, en cuanto a como ese dinero se reparte a los artistas no tengo ni idea. Un artista puede elegir integrarse a esa asociacion o en ninguna, y la ley sigue amparando su propiedad intelectual (PI), con la cual puede hacer lo que le venga en gana. Sin embargo para un individuo solo intentar cobrar por cada uso no autyorizado de su PI sera imposible

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