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Obligan a una viuda a dejar el piso realquilado por su marido hace 20 años 

La Audiencia de Sevilla ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por una mujer contra una sentencia que la condenaba a desalojar el inmueble que su difunto esposo había tenido subarrendado durante años, al considerar que la demandada ha vivido en la casa 'sin derecho a esa ocupación'.

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La sentencia explica que el litigio se origina en un contrato de subarrendamiento que el fallecido hizo con una cooperativa de viviendas en 1973 con una renta de 1.386 pesetas. Su viuda estuvo casi 20 años pagando los recibos a nombre de su fallecido marido, algo que la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 prohíbe. La sentencia estipula que la viuda 'no es la propietaria de la vivienda que ocupa, sino simplemente la estaba ocupando de forma temporal desde 1991 sin derecho a esa ocupación', y ordena su desalojo.



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